jueves, 17 de mayo de 2012

SEREMI DE JUSTICIA SE REFIERE A LEY PRÓFUGOS DE LA JUSTICIA




Senado Aprueba:
Proyecto que crea Registro Nacional de Prófugos de la Justicia
Con esta nueva ley se podrá ubicar y detener a los delincuentes que han eludido la justicia por años. Para la autoridad regional de Justicia Javiera Sabugo es un gran paso que permitirá terminar con la sensación de impunidad de las personas que han sido víctimas de algún tipo de delito.

En el Senado se aprobó por amplia mayoría la iniciativa que crea un Registro Nacional de Prófugos de la Justica y que permitirá a las policías contar con la información sistematizada respecto de las personas que se encuentran con órdenes de aprehensión pendiente. Información que deberá ser proporcionada por los Tribunales de Justicia.

Ahora sólo falta que la Cámara de Diputados se pronuncie, en tercer trámite, respecto de un cambio que le introdujo el Senado a la iniciativa, para que ésta quede en condiciones de ser remitida al Presidente de la República para su firma y promulgación.
La Seremi de Justicia de la Región de La Araucanía dijo que este nuevo proyecto de ley permitirá entregar sanciones efectivas a quienes han eludido la justicia y, además,  otorgar mayor tranquilidad a las personas que han sido víctimas de algún tipo de delito.                             “Iniciativa que , sin duda, fortalecerá el combate contra la delincuencia  ya que se creará un registro de los imputados que han sido declarados rebeldes, de quienes se han fugado estando sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva o cumpliendo condena en un centro penitenciario”.
Por esta razón, es que los Tribunales de Justicia deberán despachar  la información de las órdenes de detención hacia el Servicio de Registro Civil y para así tener el respaldo  actualizado de los delincuentes que han eludido la justicia.
En este sentido, la iniciativa establece que cuando la persona se presente ante tribunales, el juez debe oficiar para que sea eliminada de ese registro. En tanto, el Registro Civil tiene un plazo de 12 horas para eliminar a la persona del registro. A esta base tendrán acceso el Ministerio Público, Carabineros, PDI, Gendarmería, Registro Civil y los departamentos de tránsito”, señaló Sabugo.

Otro de los puntos de esta nueva ley es que los departamentos de tránsito de las municipalidades deberán suspender el otorgamiento o renovación de las licencias de conducir a los imputados que estén dentro de este nuevo registro nacional de prófugos.

Finalmente, cabe destacar que fue el Presidente de la República quien en su Discurso del  21 de Mayo de 2010 anunció este proyecto de Ley.